La renuncia a la herencia en derecho francés

 La renuncia a la herencia en derecho francés

Sènakpon Gbassi

14 de octubre de 2024

Conforme al artículo 804 del código civil francés, no se presume la renuncia a una herencia. Debe formalizarse, por ejemplo, ante Notario en un instrumento público. Se considera que quién renuncia nunca ha sido heredero. Por lo tanto, carece de derecho sobre el patrimonio del causante, tampoco asume las deudas (Tribunal Supremo, 19 de septiembre de 2018).

El heredero que renuncia lo hace sólo para sí mismo y, en ningún caso para su estirpe.  Su parte pasa a sus descendientes o, a falta de descendientes, a sus coherederos.

¿Cómo demostrar la ausencia de descendencia?

La prueba puede aportarse por cualquier medio, por ejemplo, mediante la declaración del renunciante, los testimonios o incluso la certificación por un genealogista.

En derecho francés, la repudiación de la herencia es revocable.

Conforme a lo previsto en el artículo 780 del Código civil francés, el renunciante dispone de un plazo de diez años a partir de la fecha del fallecimiento para cambiar de opinión, siempre y cuando ningún otro heredero haya aceptado la herencia.

Por último, el renunciante que recibió y aceptó donaciones o legados antes de renunciar, puede perfectamente conservarlos.

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