La pareja de hecho y el impuesto de sucesiones en el derecho francés

La pareja de hecho del causante se beneficia, en derecho francés, de un régimen fiscal particularmente favorable en materia sucesoria. No obstante, esta exención fiscal no debe confundirse con los derechos civiles de las parejas de hecho, que siguen siendo sensiblemente distintos de los del cónyuge casado.

La pareja de hecho y el impuesto de sucesiones en el derecho francés
Fiscalidad sucesoria y obligaciones declarativas

Sènakpon Gbassi

6 de enero de 2026

Este artículo precisa las normas aplicables, sus condiciones y sus límites.

Principio de la exención del impuesto de sucesiones

Fundamento legal

El artículo 796-0 bis del Código General de Impuestos francés prevé una exención total del impuesto de sucesiones a favor del miembro de la pareja de hecho. Esta exención se aplica a las sucesiones que se den a partir del 22 de agosto de 2007.

Asimilación fiscal al cónyuge casado

Desde el punto de vista fiscal, el miembro de la pareja de hecho se asimila al cónyuge casado.

Distinción entre derechos fiscales y derechos civiles

Ausencia de condición de heredero forzoso

A diferencia del cónyuge casado, la pareja de hecho no es heredero forzoso. No dispone de ningún derecho sucesorio automático en ausencia de disposiciones testamentarias.

Necesidad de testamento

La pareja de hecho sólo puede heredar si el causante lo ha designado expresamente en un testamento. Esta designación debe respetar los límites de la parte de libre disposición en presencia eventual de herederos forzosos, en particular los descendientes.

Condiciones de aplicación de la exención

Acreditación de la condición de pareja de hecho

La pareja de hecho debe presentar un certificado de inscripción en el registro para poder beneficiarse de la exención fiscal.

Parejas constituidas en el extranjero

La exención se aplica igualmente a las personas que hayan celebrado una unión civil en el extranjero, siempre que se demuestre que dicha unión es asimilable a un PACS o la pareja de hecho francés.

Alcance de la exención fiscal

Bienes comprendidos

La exención se aplica al conjunto de los bienes recibidos por el miembro superviviente de la pareja de hecho, cualquiera que sea su naturaleza, en particular:

  • bienes inmuebles,
  • bienes muebles,
  • valores mobiliarios,
  • contratos de seguro de vida.

Confirmación jurisprudencial

El Tribunal Supremo francés ha confirmado la aplicación de esta exención, en particular mediante sentencias de 9 de febrero de 2012 (Sala Segunda Civil) y de 11 de octubre de 2023 (Sala de lo Mercantil).

Relevancia en las sucesiones internacionales

En las sucesiones que presentan un elemento de extranjería, en particular cuando existan bienes situados en el extranjero, es necesario distinguir:

  • la ley civil aplicable a la sucesión,
  • la fiscalidad francesa aplicable a la pareja de hecho,
  • la fiscalidad eventualmente aplicable en el otro Estado afectado.

La exención prevista por el derecho francés no se extiende a las tributaciones extranjeras.

Para ir más lejos

Para un análisis global de las sucesiones con dimensión internacional, pueden consultar las páginas siguientes:

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