La pareja de hecho del causante se beneficia, en derecho francés, de un régimen fiscal particularmente favorable en materia sucesoria. No obstante, esta exención fiscal no debe confundirse con los derechos civiles de las parejas de hecho, que siguen siendo sensiblemente distintos de los del cónyuge casado.

Este artículo precisa las normas aplicables, sus condiciones y sus límites.
El artículo 796-0 bis del Código General de Impuestos francés prevé una exención total del impuesto de sucesiones a favor del miembro de la pareja de hecho. Esta exención se aplica a las sucesiones que se den a partir del 22 de agosto de 2007.
Desde el punto de vista fiscal, el miembro de la pareja de hecho se asimila al cónyuge casado.
A diferencia del cónyuge casado, la pareja de hecho no es heredero forzoso. No dispone de ningún derecho sucesorio automático en ausencia de disposiciones testamentarias.
La pareja de hecho sólo puede heredar si el causante lo ha designado expresamente en un testamento. Esta designación debe respetar los límites de la parte de libre disposición en presencia eventual de herederos forzosos, en particular los descendientes.
La pareja de hecho debe presentar un certificado de inscripción en el registro para poder beneficiarse de la exención fiscal.
La exención se aplica igualmente a las personas que hayan celebrado una unión civil en el extranjero, siempre que se demuestre que dicha unión es asimilable a un PACS o la pareja de hecho francés.
La exención se aplica al conjunto de los bienes recibidos por el miembro superviviente de la pareja de hecho, cualquiera que sea su naturaleza, en particular:
El Tribunal Supremo francés ha confirmado la aplicación de esta exención, en particular mediante sentencias de 9 de febrero de 2012 (Sala Segunda Civil) y de 11 de octubre de 2023 (Sala de lo Mercantil).
En las sucesiones que presentan un elemento de extranjería, en particular cuando existan bienes situados en el extranjero, es necesario distinguir:
La exención prevista por el derecho francés no se extiende a las tributaciones extranjeras.
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