Preguntas frecuentes sobre el exit tax Francia España
¿Cuáles son los criterios del exit tax al dejar de residir en Francia?
El exit tax francés se aplica principalmente cuando posee, directa o indirectamente, más del 50% de los derechos en los beneficios sociales de una empresa, o cuando el valor global de sus derechos sociales, créditos, títulos o derechos que recaen sobre estos instrumentos supera 800 000 euros en el momento del traslado del domicilio fiscal. Estos criterios son acumulativos. Existen igualmente normas específicas para las participaciones poseídas durante los seis años anteriores a la mudanza. La superación de estos límites desencadena una imposición teórica sobre las ganancias latentes constatadas en la fecha del traslado, incluso si no tiene lugar ninguna cesión efectiva.
¿Cómo se calcula la ganancia latente sometida al exit tax?
La ganancia latente se calcula como la diferencia entre el valor de mercado de los títulos y participaciones el día del cambio de domicilio fiscal fuera de Francia y su precio de adquisición inicial o su valor de origen. Esta valoración debe realizarse según los métodos habituales de valoración (activo neto revalorizado, flujos de tesorería actualizados, múltiplos de resultado, etc.). Para los títulos cotizados, el valor de mercado es fácilmente determinable. Para las empresas que no cotizan en bolsa, puede ser necesaria una evaluación formal, lo cual complica la determinación de la base imponible. La administración fiscal francesa puede impugnar las valoraciones al estimarlas insuficientemente acreditadas.
¿Puedo beneficiarme de una prórroga de pago del exit tax al trasladar mi domicilio fiscal a España?
Sí, se aplica una prórroga de pago automática cuando traslada su domicilio fiscal a un Estado miembro de la Unión Europea, como España, o a un Estado parte del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que haya celebrado un convenio de asistencia administrativa con Francia. Esta prórroga suspende la exigibilidad del impuesto mientras conserve los títulos afectados. Sin embargo, debe presentar cada año una declaración ante la administración fiscal francesa para justificar que se cumplen aún las condiciones de la prórroga. La prórroga finaliza automáticamente en caso de cesión de los títulos, donación, transmisión a título gratuito, o traslado de domicilio fiscal fuera de la UE/EEE, desencadenando entonces la exigibilidad inmediata del impuesto.
¿Qué ocurre si vendo mis títulos tras mi instalación en España?
La cesión de los títulos tras su instalación en España constituye un evento desencadenante del exit tax francés si se encontraba bajo el régimen de prórroga de pago. En la fecha de cesión, el impuesto francés calculado al salir se hace exigible. Debe entonces declararlo y pagarlo en Francia, incluso si reside ya en España. Paralelamente, España, como país de residencia fiscal en el momento de la cesión, puede igualmente gravar la plusvalía realizada según sus propias normas. El Convenio fiscal franco-español prevé mecanismos para evitar la doble imposición, generalmente mediante la concesión de un crédito de impuesto correspondiente al impuesto pagado en Francia, pero esta coordinación requiere trámites declarativos precisos en los dos países.
¿Se aplica el exit tax igualmente si me jubilo en España sin ceder mis participaciones?
Sí, el exit tax se aplica desde el traslado de domicilio fiscal fuera de Francia, independientemente del motivo de la salida (actividad profesional, jubilación, conveniencia personal) y sin que sea necesario ceder efectivamente sus participaciones o títulos. El simple hecho de no ser ya residente fiscal francés mientras posee participaciones sustanciales desencadena la imposición teórica de las plusvalías latentes. Incluso si se jubila en España y conserva tranquilamente sus títulos, el exit tax puede aplicarse si se alcanzan los umbrales de tenencia. El régimen de prórroga permite sin embargo aplazar el pago mientras cumpla las condiciones, pero las obligaciones declarativas permanecen activas cada año.
¿Cuáles son mis obligaciones declarativas tras mi salida de Francia?
Tras su salida, debe seguir cumpliendo obligaciones declarativas en Francia durante toda la duración de la prórroga de pago del exit tax. Concretamente, debe presentar cada año, antes de una fecha límite fijada por la administración, una declaración específica (generalmente adjunta a su declaración de rentas francesas o transmitida por separado según los casos) indicando que posee aún los títulos afectados, que reside aún en un Estado elegible para la prórroga, y que no ha sobrevenido ningún evento desencadenante (cesión, donación, etc.). En caso de evento desencadenante, debe declararlo inmediatamente y pagar el impuesto debido. El incumplimiento de estas obligaciones puede acarrear la exigibilidad inmediata del impuesto y la aplicación de sanciones.
¿Puedo transmitir mis títulos a mis hijos sin desencadenar el exit tax?
No, la transmisión a título gratuito (donación, sucesión) de los títulos sometidos al exit tax constituye generalmente un evento desencadenante que pone fin a la prórroga de pago y hace el impuesto inmediatamente exigible en Francia. Incluso si sus hijos residen igualmente en España o en otro Estado de la UE, la transmisión interrumpe la prórroga. Existen sin embargo dispositivos específicos en caso de fallecimiento que permiten bajo determinadas condiciones una continuación de la prórroga a favor de los herederos, pero esto requiere el cumplimiento de condiciones estrictas y trámites administrativos precisos. La planificación sucesoria en presencia de exit tax resulta por tanto particularmente compleja y requiere un análisis profundo de las consecuencias fiscales en los dos países.
¿Cómo puedo estimar mi exposición al exit tax antes de partir a España?
Para estimar su exposición, comience identificando el conjunto de títulos, participaciones sociales, acciones y derechos que posee, directamente o mediante estructuras interpuestas. Calcule el valor de mercado actual de estos activos y compárelo con su precio de adquisición para determinar las plusvalías latentes. Verifique después si supera los umbrales de desencadenamiento (participación del 50% o valor global de 800 000 euros). Si le afecta, evalúe el impuesto teórico aplicando el tipo de gravamen francés aplicable a las plusvalías mobiliarias (actualmente alrededor del 30% incluyendo gravámenes sociales). Identifique las opciones de prórroga o aplazamiento disponibles y sus condiciones. Esta estimación requiere a menudo la intervención de un asesor especializado para asegurar las valoraciones y anticipar las interacciones con la fiscalidad española tras su instalación.