La fiscalidad sucesoria es competencia del derecho español
En España, la imposición de las herencias es competencia de las comunidades autónomas.
Por tanto, las normas fiscales pueden variar en función de la Comunidad Autónoma en la que se sitúen los bienes.
La fiscalidad sucesoria es independiente:
- de la nacionalidad del causante,
- de la nacionalidad de los herederos,
- y de la elección de la ley civil aplicable a la herencia.
Impuesto sobre herencia en España
Reducciones y bonificaciones
La mayoría de las comunidades autónomas aplican:
- una reducción significativa de la base imponible,
- así como una bonificación importante del impuesto sobre sucesiones.
En la Comunidad Valenciana, por ejemplo, puede aplicarse una reducción de 100.000 euros y una bonificación del 99 %. En la práctica, la tributación solo se hace efectiva cuando el valor del patrimonio heredado supera un determinado umbral.
Grado de parentesco
El importe del impuesto depende, en particular:
- del vínculo entre el causante y el heredero,
- del valor de los bienes inventariados,
- y de las normas fiscales de la comunidad autónoma competente.
Adjudicación de herencia en España
Tras la firma de la escritura de adjudicación ante notario, los herederos deben:
- preparar,
- presentar,
- y depositar la declaración del impuesto de sucesiones ante la Administración tributaria española.
En España, este trámite no lo realiza el notario. La declaración se presenta mediante el modelo 650.
Plazos y recargos
Plazo de presentación
La adjudicación de herencia debe presentarse en un plazo de seis meses a contar desde la fecha del fallecimiento.
Recargos por retraso
En caso de superarse el plazo, pueden aplicarse recargos:
- por cada mes de retraso: 1 %,
- a partir de los 12 meses: 15 %, además de los intereses de demora.
Solicitud de prórroga
Puede solicitarse una prórroga de seis meses una sola vez, como máximo hasta el quinto mes siguiente al fallecimiento. En ese caso, la declaración puede presentarse sin recargos hasta un año después del fallecimiento.
Trámites y plazos fiscales en España
La regularización fiscal de una herencia en España sigue un calendario preciso:
- Firma de la escritura de adjudicación ante notario español
- Preparación del modelo 650 (declaración del impuesto): 1 semana
- Presentación de la declaración: en los 6 meses siguientes al fallecimiento
- Obtención del certificado de pago o de no sujeción: 2 semanas
- Prórroga posible: solicitud a realizar antes del final del 5º mes (prórroga de 6 meses)
Documentos necesarios para la declaración fiscal
- Escritura de adjudicación firmada ante notario español
- Certificado de defunción y de últimas voluntades
- NIE (número de identificación de extranjero) de todos los herederos
- Justificantes de valor de los bienes (certificado catastral, valoraciones inmobiliarias)
- Justificantes bancarios (cuentas, inversiones, seguros de vida)
- Prueba del vínculo de parentesco (libro de familia, certificado de nacimiento)
Prescripción fiscal
La prescripción fiscal se adquiere a los cuatro años y seis meses desde la fecha del fallecimiento.
Durante este plazo, la Administración tributaria española puede requerir a los herederos para regularizar la herencia y aprovechar dicho requerimiento para interrumpir el plazo de prescripción.
Certificado acreditativo de presentación y pago o de no sujeción al impuesto sobre herencia y donaciones
Tras la presentación de los modelos fiscales, la Administración tributaria española expide:
- bien un certificado de pago,
- bien un certificado de no sujeción.
Estos certificados no impiden una comprobación fiscal posterior.
Convenio fiscal franco-español
El Convenio fiscal franco-español de 8 de enero de 1963 establece, en particular, que:
- los bienes inmuebles tributan en el país dónde estén situados,
- los activos financieros se adjudican y tributan en el Estado del último domicilio del causante.
Es indispensable analizar cada situación a la luz de este convenio para evitar cualquier doble imposición.
Fiscalidad y sucesión global
La fiscalidad sucesoria forma parte de un enfoque global de la herencia.
Debe analizarse en relación con:
- la ley civil aplicable,
- el contenido del testamento, si existiese o de la declaración de herederos,
- el tipo de bienes inventariados,
- la posibilidad de una transmisión posterior, a medio o corto plazo, de los bienes heredados,
- y la situación personal de cada heredero.
Sucesión en España: asistencia a los herederos francófonos.