Preguntas frecuentes sobre las herencias franco-españolas
¿Debo regularizar una herencia en España aunque el causante fuera francés y residiera en Francia?
Sí.
Una herencia puede quedar sujeta al derecho español incluso si el causante era francés y residía en Francia, en particular cuando era titular de un patrimonio inmobiliario en España. La ley aplicable depende de varios criterios, entre ellos la residencia habitual del causante y la eventual existencia de un testamento en el que hubiera optado por una legislación concreta.
¿Qué ley se aplica a una herencia franco-española?
En principio, la ley aplicable es la de la residencia habitual del causante en el momento del fallecimiento, conforme al Reglamento europeo sobre sucesiones.
No obstante, el causante puede haber elegido por testamento la aplicación de la ley de su nacionalidad. Cada situación debe analizarse caso por caso.
¿Debe un heredero francés desplazarse a España para una herencia?
No necesariamente.
En numerosas situaciones, los herederos residentes en Francia pueden estar representados en España para los trámites notariales y administrativos, siempre que se aporten los poderes y documentos requeridos. El despacho se encarga de redactar los poderes que usted firmará, en francés, ante su notario habitual en Francia.
¿Cuánto tiempo dura el trámite de adjudicación de herencia en España?
La duración varía según la complejidad del expediente.
A título orientativo, una herencia puede resolverse en unos pocos meses, mientras que otras, que impliquen varios herederos, bienes inmuebles o situaciones transfronterizas puede prolongarse más, siendo la media de aproximadamente seis meses.
¿Qué plazos fiscales deben respetarse en España?
En España, los herederos disponen, en principio, de seis meses a contar desde el fallecimiento para tramitar la adjudicación.
Pueden solicitar prórrogas, pero estas deben pedirse dentro de plazos estrictos.
¿Puedo aceptar o rechazar una herencia en España?
Sí.
Un heredero puede aceptar o rechazar una herencia en España.
También es posible aceptar la herencia a beneficio de inventario, con el fin de limitar la responsabilidad eventual al valor de los bienes heredados. Esta elección tiene consecuencias jurídicas importantes.
¿La fiscalidad sucesoria es la misma que en Francia?
No.
La fiscalidad de las herencias en España es distinta de la aplicable en Francia y varía según la comunidad autónoma afectada, el grado de parentesco y la situación personal de los herederos. Es necesario realizar un análisis específico para determinar los derechos aplicables.
¿Es válido en España un testamento otorgado en Francia?
Sí.
Un testamento otorgado en Francia es válido en España.
No obstante, resulta esencial verificar su conformidad y su impacto conforme al derecho español, especialmente cuando afecta a bienes situados en España.
¿En qué casos se recomienda la intervención de un abogado en España?
La intervención de un abogado resulta especialmente recomendable cuando la sucesión implica:
- herederos no residentes,
- bienes inmuebles situados en España,
- la aplicación de varias legislaciones nacionales y de convenios internacionales,
- importantes cuestiones fiscales o patrimoniales.
Vivimos en Francia y mi marido no había otorgado testamento. ¿Supone un problema para regularizar la sucesión en España?
No, en absoluto.
Dado que residían en Francia, la declaración de herederos otorgada en Francia se aplicará en España.
Mi marido y yo estábamos casados bajo el régimen de comunidad universal en Francia. ¿Existe este régimen en España?
No.
Este régimen no existe en España, pero su régimen matrimonial será respetado y aplicado igualmente en España.