El Código Civil Francés Y La Confesión De Privatividad De Patrimonio Efectuada Por Un Cónyuge Casado En Gananciales

El Código Civil Francés Y La Confesión De Privatividad De Patrimonio Efectuada Por Un Cónyuge Casado En Gananciales

Sènakpon Gbassi

27 de mayo de 2024

El artículo 1434 del Código Civil francés, en su redacción dada por la Ley nº 85-1372 de 23 de diciembre de 1985 – art. 16 JORF de 26 de diciembre de 1985, vigente desde el 1 de julio de 1986, dispone que:

“Se considerará que se ha realizado inversión o reinversión en relación con un cónyuge en cualquier caso en que, en el marco de una adquisición, se hubiese declarado que ésta se efectuó con cantidades de dinero propias o procedentes de la enajenación de un bien propio, y en concepto de inversión o reinversión de los mismos. En ausencia de dicha declaración en la escritura, la inversión o reinversión tan sólo podrán producirse de mutuo acuerdo entre los cónyuges, y tan sólo surtirán efecto en el marco de sus relaciones recíprocas”.

Es conveniente interpretarlo de la siguiente manera:

  • La declaración de privacidad realizada de forma unilateral por el cónyuge comprador en el momento de la adquisición, será oponible a cualquier persona. Sin embargo, si el cónyuge no comprador no ratifica de inmediato dicha declaración, dispondrá de la facultad de oposición aportando a posteriori la prueba contraria.
  • Cuando el cónyuge comprador olvide realizar la declaración de privacidad en el momento de la adquisición, éste perderá la posibilidad de invocarla a posteriori (ver, en este sentido, la sentencia del Tribunal Supremo francés de 27/02/2013); en cambio, el cónyuge no comprador podrá, en este caso, reconocer a posteriori el carácter privativo, pero dicho reconocimiento sólo será oponible a éste último y no con respecto a terceros.
  • La confesión de privatividad por parte de los cónyuges en el momento de la adquisición será válida y oponible a cualquier persona.

También le puede interesar

Contactar con un abogado francófono en España

Insert your text here

SENAKPON GBASSI es el Responsable del tratamiento de los datos personales del usuario y le informa de que estos datos se tratarán de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril (GDPR), y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (LOPDGDD), por lo que se le facilita la siguiente información del tratamiento: Fines y legitimación del tratamiento: mantener una relación comercial (por interés legítimo del responsable, art. 6.1.f GDPR) y el envío de comunicaciones de productos o servicios (por consentimiento del interesado, art. 6.1.a GDPR). Criterios de conservación de los datos: se conservarán durante no más tiempo del necesario para mantener el fin del tratamiento o mientras existan prescripciones legales que dictaminen su custodia y cuando ya no sea necesario para ello, se suprimirán con medidas de seguridad adecuadas para garantizar la anonimización de los datos o la destrucción total de los mismos. Comunicación de los datos: no se comunicarán los datos a terceros, salvo obligación legal. Derechos que asisten al usuario: derecho a retirar el consentimiento en cualquier momento. Derecho de acceso, rectificación, portabilidad y supresión de sus datos, y de limitación u oposición a su tratamiento. Derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de control (www.aepd.es) si considera que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente. Datos de contacto para ejercer sus derechos: alicante@gbassi.es.