Esta doble pertenencia a los dos Colegios, francés y español permite intervenir directamente en los dos sistemas jurídicos sin intermediario, y tratar los asuntos transfronterizos franco-españoles con un conocimiento práctico de ambos derechos.
¿Por qué acudir a un abogado francés en España?
Esta pregunta se plantea naturalmente cuando se debe resolver una situación jurídica en España.
El idioma de trabajo
Ser abogado francés en España permite tratar la integridad del asunto en francés: el análisis jurídico, los intercambios, las explicaciones sobre el derecho español, la redacción de documentos. El cliente comprende qué ocurre en cada etapa, sin depender de una traducción aproximada o de un intermediario.
El conocimiento de los dos sistemas jurídicos y judiciales
Los asuntos que implican Francia y España no conciernen únicamente al derecho español. Con frecuencia intervienen el convenio fiscal hispano-francés, el reglamento europeo sobre sucesiones, las obligaciones declarativas francesas vinculadas a bienes o rentas españolas. Un abogado formado en los dos derechos anticipa estas articulaciones sin descubrirlas durante la tramitación del asunto.
La comprensión de los desafíos desde el punto de vista francés
Saber que la venta de un bien en España conlleva una retención del 3% no es suficiente: también es necesario saber cómo esta imposición se articula con la declaración francesa, qué deberá hacer el cliente en el lado de los impuestos en Francia, y cómo evitar la doble imposición. Esta doble perspectiva es el núcleo del asesoramiento que propone el despacho.
¿En qué situaciones interviene el despacho?
El despacho asesora a los particulares y familias francófonos en las situaciones siguientes:
Sucesiones franco-españolas
Se abre una sucesión, con bienes en España, o herederos que residen en Francia deben resolver una herencia española. El despacho asegura la representación de los herederos no residentes, los trámites notariales y administrativos en España, y la coordinación con Francia.
Consultar la página: Sucesiones franco-españolas.
Compraventa de un bien inmueble en España
Tanto para adquirir un bien, vender un bien que se hereda, o gestionar una inversión de alquiler, el despacho interviene desde la verificación jurídica inicial hasta la firma ante notario y los trámites fiscales.
Consultar la página: Inversión inmobiliaria en España.
Residencia fiscal y traslado a España
Trasladar su residencia fiscal a España, comprender las implicaciones de una estancia prolongada, o gestionar una situación en la que se le considera residente en los dos países: estas cuestiones requieren un análisis preciso del derecho fiscal español y del convenio hispano-francés.
Consultar la página: Residencia fiscal Francia-España.
Fiscalidad inmobiliaria y obligaciones del propietario no residente
Un francés propietario de un bien en España está sometido a obligaciones fiscales anuales en España (IBI y Basura, impuesto sobre renta de no residentes) y a obligaciones declarativas en Francia. El despacho asesora sobre la puesta en conformidad y la gestión corriente de estas obligaciones.
Trámites administrativos y jurídicos puntuales
Obtención del NIE, apertura de una cuenta bancaria de no residente, poder notarial, averiguación de documentos oficiales españoles: el despacho acompaña estos trámites prácticos en los cuales la barrera del idioma y el desconocimiento de los procedimientos españoles son a menudo los primeros obstáculos.
El despacho en algunos datos
- Fundado en 2001 en Alicante por Sènakpon Gbassi
- Abogado colegiado en París desde 1995 y en el de Alicante desde 2001
- Abogado acreditado ante el Consulado General de Francia en Madrid, el Consulado del Reino Unido en Alicante y la Embajada de Canadá en Madrid
- Implantaciones: Alicante (sede), Valencia, Murcia
- Intervención en el conjunto del territorio español
- Idiomas de trabajo: francés, español, inglés
- Seguro de responsabilidad civil profesional: 3.700.000 € por siniestro