En España, como en Francia, los herederos disponen de un plazo de seis meses a partir de la fecha del fallecimiento para liquidar y abonar los impuestos de sucesión. Pasado el citado plazo, los recargos se aplican de la maniera siguiente:
- + 3 meses : 5%
- + 6 meses : 10%
- Hasta 12 meses : 15%
- +12 meses : 20% máximum